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Contrato en prácticas

Los contratos en prácticas permiten a un trabajador que ha acabado recientemente su formación obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios que ha cursado.

Está dirigido a trabajadores que cuentan con un título universitario tanto como licenciado, diplomado o ingeniero o a los que han estudiado formación profesional de grado medio o superior o cualquier título que haya sido reconocido oficialmente y habite para el ejercicio profesional. Además, es necesario que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios mencionados anteriormente.

La duración del contrato no puede ser inferior a seis meses ni exceder de dos años, pudiendo los convenios colectivos concretar esta duración en función de las características del sector.

La retribución de este tipo de trabajadores será fijada por convenio colectivo pero la ley establece unos límites, de modo que no pueda ser inferior al 60 durante el primer año de vigencia del contrato o al 75 durante el segundo año del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.

Existen ciertos incentivos para las empresas que contratan a estos trabajadores de hasta el 50 de las cuotas pagadas a la Seguridad Social.

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